I. ¿Se debe solicitar en los formularios de Debida Diligencia a los clientes, de los sujetos obligados No Financieros bajo supervisión de la SSNF y la DGI información sobre su residencia fiscal?
· Comentarios a la resolución de Fondo No. TAT-RF-050 de 25 de abril de 2022, mediante la cual se revocó MULTA por no aportar información a la DGI requerida por el Departamento de Información Tributaria Internacional de la DGI y otros antecedentes.
Ø Marco legal bilateral.
Ø Marco legal multilateral.
Ø Marco legal doméstico.
Ø Situación tecnológica/operativa.
III. Intercambio de información automática de información financiera con fines fiscales (AEOI).
Ø Marco legal bilateral.
Ø Marco legal multilateral.
Ø Marco legal doméstico.
Ø Situación tecnológica/operativa.
Mediante Decreto Ejecutivo No. 285 del 28 de mayo de 2021 se reglamenta la Ley No. 81 del 26 de marzo de 2019 que establece lineamientos obligatorios para la Protección de Datos Personales.
Los Datos Personales, son cualquier información relativa a las personas, que las identifique o las haga identificables.
Toda persona que tenga acceso al tratamiento de datos personales o participe en él tiene la obligación de mantener la confidencialidad.
Involucrados:
Titular: Persona a la que se refieren los datos; Responsable del tratamiento de datos: Persona que toma las decisiones relacionadas con el tratamiento de datos; Custodio de la base de datos: Persona que actúa en nombre y por cuenta del responsable del tratamiento de datos y es responsable de la custodia de la base de datos.
Oficial de Protección de Datos Personales:
Entidades públicas: será el funcionario designado para atender la unidad de enlace.
Entidades privadas: podrán designar a una persona para que se suscriba con el responsable del tratamiento o la custodia de los datos. En el caso de las entidades privadas, la designación no es obligatoria; no obstante, se tendrá en cuenta como criterio para la graduación de las sanciones.
Curso acerca del uso de la herramienta creada para recabar información relacionada con los beneficiarios finales de las personas jurídicas ( sociedades y fundaciones ) constituidas en Panamá ( La Plataforma para el Registro Único de Beneficiarios Finales )Dirigido a Firmas de Abogados y Abogados Independientes que brinden el servicio de Agentes Residentes, a CPA y demás profesionales afines, así como a accionistas, beneficiarios finales y todo propietario de una sociedad o fundación.
- Profesor: Zuleymi Velasco
Gobierno Corporativo
Riesgos Legales de las Empresas en Panamá. Delitos de Blanqueo de Capitales y Defraudación Fiscal Penal.
Manual de Calificación del Registro Público